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domingo, 14 de noviembre de 2010

Falsificación sin imitación



¿Existe una falsificación de ese tipo? Evidentemente sí. Aparece cuando se escribe el nombre de alguien, o quizá la firma, sin procurar reproducir las respectivas formas gráficas.
El falsario puede escribir el nombre de otro, sea escribiéndolo con su grafía corriente o disfrazándola. Son las llamadas falsificaciones sin imitación y sin disfraz, o falsificación sin imitación pero con disfraz.
Esa distinción interesa apenas cuando se indaga la autoría gráfica y no para determinar la falsedad.
Jurídicamente existen controversias al respecto de que si se pueden casos de falsificación gráfica sin imitación. Algunos sostienen que la imitación integra la falsificación. Otros no la juzgan necesaria para la caracterización.
La controversia, sin embargo, no interesa al técnico. El concepto de falsedad en el campo grafoscópico nada tiene que ver con lo jurídico. Para el grafotécnico, falsa será siempre la escritura no originaria del propio autor, esto es, de la persona específica, calificada para producirla.
Ahora, si una escritura, por cualquier circunstancia, debería provenir de A pero se comprueba que ha sido realizada por B, será falsa, no auténtica o espuria. Y si B, al firmar o escribir el documento de A lo hiciera sin imitar los caracteres del último, sin duda, produce una falsificación sin imitación.

Casos de falsificación sin imitación

Éstas podrán presentarse.
a) Por el hecho de que el falsificador desconozca la escritura auténtica;
b) Por total ausencia de habilidad del falsario para ningún trabajo copiado, y
c) Por el fracaso total del esfuerzo rememorativo, cuando el falsificador pretende escribir de memoria una firma o escritura vista por él anteriormente.
Es preciso tener en cuenta que la falsificación gráfica sin imitación solo existe cuando se escribe el nombre o textos que únicamente a una tercera persona le competía escribir.
El simple hecho de escribir nombres de terceros no constituye falsificación gráfica. Los textos son auténticos, aun tratándose de nombres por extensión, cuando el escritor tiene el derecho o la libertad de escribirlos.
Por lo tanto, en general, la caracterización de las falsificaciones sin imitación depende de la naturaleza del documento y de las circunstancias extrañas al propio acto gráfico.
El alumno que escribe el nombre del compañero en el libro de asistencia, aun no reproduciendo el tipo de firma del último, comete una falsificación sin imitación. El profesor, empero, cuando anota el nombre del discípulo, no practica ninguna falsedad.
De tal modo, cuando la escritura debe provenir de alguien y sin embargo no presenta semejanza formal con el grafismo de esa persona, es que se puede hablar de una falsificación sin imitación.
Cuando el perito concluye por la falsedad de una firma y que tal persona la realizó, no está afirmando la existencia de un crimen de falsificación, ni que el señalado es un criminal responsable por ello. Estas conclusiones competen al magistrado, que al juzgar apreciará otras pruebas y circunstancias del proceso. El pronunciamiento pericial se restringe a los hechos de conocimiento técnico: solo afirma que la escritura es falsa y que tal persona es su autor. Le compete manifestarse en ese sentido cuando los elementos lo autoricen, pues esa es su obligación.

Procesos usados en las falsificaciones

Es preciso tener en cuenta que no en todos los casos las características de las falsificaciones gráficas guardan correspondencia con aquellas dominantes en los procesos utilizados por el falsificador.
Los procesos de ejecución gráfica fraudulenta relativos a la falsedad son aquellos cinco ya referidos: sin imitación, de memoria, por imitación servil, por calco y por imitación libre.
Cada uno de ellos determina la aparición de facsímiles gráficos con características específicas. Sin embargo, muchas veces presentan aspectos excepcionales. Puede suceder que la firma falsificada sin imitación, por mera coincidencia, se venga a comparar morfológicamente en su integridad con la auténtica o legítima.
En la falsificación de memoria, si el autor posee una memoria gráfica excepcional, podrá no cometer ningún lapsus y el facsímil falso asemejarse morfológicamente al patrón auténtico de la víctima. Pueden existir firmas falsificadas por imitación servil que se confundan en sus características con las resultantes de calcos o de imitaciones libres, o viceversa.
Ahora el diagnóstico pericial es realizado teniendo a la vista escrituras ya extendidas en los documentos. El perito nunca se presenta al lado del falsificador en el momento de su trabajo. Por lo tanto sus pronunciamientos se basan en lo que analiza, en las piezas gráficas ya ejecutadas. Destaca sus características, las que frecuentemente son dominantes en algún tipo de falsificación.

Bibligrafía consultada:
“Tratado de documentoscopia”, José del Picchia (h) y Celso del Picchia. Ediciones La Rocca.
"Grafocrítica", Félix del Val Latierro. Editorial Tecnos.


Sobre la autora:

Virginia Spinelli Fernández es Calígrafa Pública y Grafóloga, directora de VSF Consultora (dedicada al ámbito pericial, corporativo y particular) y del GRAFOSCOPIO (la revista del Calígrafo y Grafólogo). Comunícate: vsfconsultora@msn.com o a través de la web: www.vsfconsultora.com.ar